La AEPD sanciona a autónomos y pymes que realizan llamadas comerciales

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha empezado a sancionar a autónomos y emprendedores por incumplir las reglas de las llamadas comerciales tras la aprobación de nueva normativa antispam.

Tras una reciente resolución, la AEPD sancionó con 5.000 euros a una pequeña agencia de publicidad, Adverbis Spain, por realizar comunicaciones promocionales sin consentimiento a un número registrado en la Lista Robinson a pesar de que aparecía publicado en directorios de internet. La sanción bajo la Ley General de Telecomunicaciones, intenta mantener el control sobre contactos telefónicos no deseados.

Este expediente evidencia que la publicación en portales de internet de un número de teléfono inscrito en la Lista Robinson, no es motivo para ser objeto de llamadas comerciales tal y como marca la Ley.

Sanción por incumplimiento de la Ley de Servicios a la Clientela

Esta sanción es un aviso a negocios de cualquier tamaño, una advertencia para los pequeños negocios que realizan llamadas comerciales telefónicas, sin asegurarse si están inscritas en la Lista Robinson.

Esta resolución sirve para ejemplificar que la ley se aplica de igual modo a empresas independientemente de su tamaño y actividad. Esta sanción indica que se ha fortalecido el control en este tipo de actividades comerciales.

La ley indica que debe existir un consentimiento previo del usuario, salvo cuando exista una relación contractual anterior. Esta normativa aplica pocas excepciones, una de ellas hace referencia a la prevista en el artículo 19 del Reglamento General de Protección de Datos sobre fines exclusivamente profesionales. Aunque esta excepción no es aplicable cuando el número no está inscrito en la Lista Robinson.

ley servicios atención a la clientela

Cabe destacar que estar en la Lista Robinson es una negativa expresa por encima de otras circunstancias a recibir llamadas comerciales. Y la responsabilidad de comprobar que se encuentra inscrita en la lista recae en el negocio que realiza la llamada.

La AEPD aplica las sanciones acorde a la intencionalidad, la reincidencia o el número de afectados. Siendo suficiente una llamada fuera de la normativa para que la AEPD aplique una medida correctiva a la práctica.

Con tal de evitar sanciones, ya seas un profesional, una pyme o una entidad, es esencial que antes de realizar actividades comerciales se tenga la seguridad de contar con el consentimiento previo y verificable. Además es muy importante consultar la base de datos de la lista Robinson para descartar que el número al que vamos a llamar no se encuentra registrado.

En Forlopd ayudamos a empresas y profesionales a mantener segura su información, ayudando a adaptar sus procesos para que cumplan con las normativas vigentes en materia de protección de datos, según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Puedes solicitar tu análisis de cumplimiento gratuito a través del siguiente formulario.