Cumplimiento legal y protección integral en el entorno laboral
En FORLOPD elaboramos e implantamos el Protocolo de Prevención y Actuación frente al Acoso cumpliendo con lo establecido en la ley de protocolo de acoso laboral y en todas las normativas relacionadas en materia de igualdad y prevención de riesgos psicosociales.
Este protocolo es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño. Su objetivo es prevenir, detectar y actuar ante cualquier forma de acoso laboral, sexual o por razón de sexo, identidad, expresión u orientación sexual, creando un entorno de trabajo seguro, inclusivo y libre de violencia.
Marco normativo
El protocolo garantiza el cumplimiento de:
Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.
Ley 4/2023 de igualdad para personas trans y derechos LGTBI.
Real Decreto 1026/2024 sobre igualdad y no discriminación de personas LGTBI en el ámbito laboral.
Estatuto de los Trabajadores (derecho a la no discriminación y a la dignidad en el trabajo).
Beneficios de implantar el protocolo
Qué incluye nuestro servicio de prevención del acoso
Evaluación del clima laboral mediante nuestro test de diagnóstico
Integración con otros planes
Este servicio puede contratarse de forma independiente o integrarse dentro del Plan de Igualdad o del Plan LGTBI, asegurando coherencia y cumplimiento en todas las políticas de igualdad y prevención.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PREVENCIÓN DEL ACOSO
La ley de prevención del acoso, es el conjunto de normativas (principalmente la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres y el Estatuto de los Trabajadores) que obligan a las empresas a prevenir, detectar y actuar frente a situaciones de acoso en el entorno laboral. Su objetivo es garantizar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso.
Cumplir con la ley de Prevención del Acoso es fundamental no solo para evitar posibles sanciones legales y económicas, sino también para proteger la salud y el bienestar de tus empleados y empleadas, mantener un buen clima laboral, y salvaguardar la reputación de tu empresa.
Un Protocolo de Acoso Laboral es un documento interno de la empresa que establece las pautas y procedimientos claros para la prevención, detección, gestión y resolución de situaciones de acoso en el trabajo. Incluye medidas preventivas, canales de denuncia, procedimientos de investigación y acciones correctivas.
Sí, la implementación de un protocolo de prevención y actuación frente al acoso (especialmente acoso sexual y por razón de sexo) es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño, según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Para empresas de 50 o más personas trabajadoras, este protocolo forma parte del Plan de Igualdad.
Un protocolo de acoso bien diseñado debe cubrir diversas formas de acoso, incluyendo:
- Acoso sexual: Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona.
- Acoso por razón de sexo: Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o efecto de atentar contra su dignidad.
- Acoso moral (Mobbing): Conductas persistentes y sistemáticas de hostigamiento psicológico en el trabajo.
- Acoso discriminatorio: Por origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.
El incumplimiento de la normativa sobre prevención del acoso puede dar lugar a sanciones significativas por parte de la Inspección de Trabajo, que pueden variar desde multas económicas elevadas hasta la paralización de la actividad. Además, expone a la empresa a demandas por parte de las personas afectadas y a un grave daño a su imagen y reputación.
Generalmente, un protocolo de acoso establece un procedimiento que incluye:
- Recepción de la denuncia (confidencial y segura).
- Designación de una comisión o persona instructora.
- Fase de investigación (recopilación de pruebas, entrevistas).
- Emisión de un informe con conclusiones y recomendaciones.
- Adopción de medidas correctoras o disciplinarias.
- Seguimiento para asegurar el cese del acoso y la protección del afectado
En FORLOPD, te ofrecemos un servicio integral para la elaboración e implementación de tu Protocolo de Acoso Laboral. Te asesoramos legalmente, elaboramos la documentación necesaria, formamos a tu personal y a la comisión de investigación, y te acompañamos en todo el proceso para asegurar el cumplimiento normativo y un ambiente de trabajo seguro y respetuoso.
Solicita un análisis de cumplimiento y garantiza que tu empresa cumple con la ley de protocolo de acoso laboral, protegiendo a tu equipo y fortaleciendo tu compromiso con un entorno libre de violencia y discriminación.