NUEVOS DERECHOS DEL RGPD PART I
Los nuevos derechos del RGPD. Llevamos hablando varias semanas sobre la llegada del nuevo Reglamento de Protección de Datos, que se comenzará a aplicar a partir del 25 de mayo de 2018. Y a los ya conocidos derechos ARCO, es decir, Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, se les unirán los nuevos derechos que adquirimos como ciudadanos con el nuevo reglamento:
- Derecho de Supresión: también conocido como derecho de olvido, es un derecho que nos permite, como individuos, pedir la eliminación de los datos personales cuando ocurra alguno de los supuestos contemplado. Por ejemplo, cuando nos enfrentamos a un tratamiento ilícito de datos o cuando el fin para el que se recopilaron los datos haya finalizado. Debemos tener en cuenta que aunque los supuestos están por escrito no podemos olvidar las excepciones en la que esta ley no se puede aplicar. Este supuesto ocurre siempre que el derecho a la libertad de expresión e información prevalezca sobre el derecho al olvido.
- Derecho a la limitación del tratamiento: este derecho nos permite a los ciudadanos solicitar que se suspenda el tratamiento de los datos siempre y cuando se impugne la exactitud de los datos, hasta que el responsable de escribir dichos datos, los verifique con exactitud. También se puede solicitar la suspensión de los datos cuando un ciudadano haya hecho efectivo su derecho de oposición para el tratamiento de los datos y mientras se verifica esta petición, prevalecen los derechos del responsable sobre el ciudadano.
La semana que viene seguiremos con la descripción de los nuevo derechos que los ciudadanos adquiriremos a partir de la aplicación del nuevo Reglamento de Protección de Datos.
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