Sancionan a autónomos por usar fotos de clientes sin consentimiento

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sancionan a autónomos por usar fotos sin consentimiento

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El uso habitual de fotografías de clientes en redes sociales se ha convertido en una herramienta clave para muchos pequeños negocios. Sin embargo, una reciente actuación de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha vuelto a poner sobre la mesa los límites legales de esta práctica, especialmente cuando se trata de menores.

El organismo ha sancionado a un autónomo por continuar difundiendo la imagen de una menor en sus perfiles sociales una vez superado el periodo para el que se había concedido el permiso. La resolución deja claro que el consentimiento para utilizar una fotografía no es indefinido ni reutilizable sin condiciones, y que su uso fuera del marco acordado puede considerarse una infracción.

El consentimiento no es permanente ni sirve para múltiples usos

Uno de los puntos clave que subraya la AEPD es que autorizar una imagen no implica ceder su uso de forma permanente. El permiso debe estar vinculado a una finalidad concreta, a un contexto determinado y a un plazo específico. Utilizar una fotografía en campañas posteriores o en nuevos formatos sin revisar si la autorización sigue siendo válida puede suponer un uso indebido.

Este criterio afecta de lleno a miles de autónomos y pequeñas empresas que muestran su actividad diaria a través de redes sociales, ya sea compartiendo resultados de servicios, entregas de productos o momentos de interacción con su clientela. La resolución obliga a replantear cómo se solicita el consentimiento y qué alcance real tiene

Especial cuidado cuando hay menores implicados

Aunque la AEPD no ha hecho pública la cuantía de la sanción impuesta, sí recuerda que las infracciones relacionadas con menores se consideran especialmente graves. En estos casos, incluso cuando el permiso ha sido otorgado por padres o tutores, la normativa exige un nivel mayor de precisión y protección.

Desde la Agencia insisten en que una autorización genérica no basta para justificar usos prolongados o distintos a los inicialmente previstos. Cada nuevo contexto de publicación debe analizarse de forma independiente.

Muchos negocios utilizan imágenes de clientes como una forma de transmitir cercanía y autenticidad. Hasta ahora, bastaba con una autorización verbal o un documento sencillo firmado en el momento.

Publicar una fotografía implica tratar datos personales, algo que muchos autónomos pasan por alto. La AEPD recuerda que cumplir con la normativa no es complejo, pero sí exige claridad en la finalidad, limitación en el tiempo y conservación de pruebas del consentimiento.

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Fuente: autonomosyemprendedores.es