LOS NUEVOS DERECHOS DEL RGPD PART.2
Los nuevos derechos del RGPD Part.2.
La semana pasada comenzamos describiendo algunos de los nuevos derechos que ganaremos los ciudadanos con la aplicación del nuevo Reglamento de Protección de Datos definitivamente a partir del 25 de mayo de 2018. Y esta semana queremos continuar con la explicación de los nuevos derechos para que no tengas ninguna duda sobre en qué consisten sus principales características:
- Derecho a la portabilidad de datos: es uno de los nuevos derechos que entrarán en vigor en el mismo momento que se empiece a aplicar el nuevo Reglamento de Protección de Datos y consiste en que los ciudadanos podrán recibir los datos personales que hayan facilitado en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica para que el ciudadano, si lo desea, pueda transmitir todos esos datos personales a otro responsable, siempre que sea factible técnicamente.
- Derecho a no ser objeto de decisiones individualizadas: cualquier ciudadano tendrá derecho a no ser el elemento de una decisión basada exclusivamente en un tratamiento automatizado que como consecuencias produzca efectos jurídicos o directamente afecte a los ciudadanos. En este nuevo derecho también está incluida la creación de perfiles, en cambio, todo lo descrito anteriormente se exceptúa cuando nos encontramos con tres situaciones:
- Cuando sea necesario para la ejecución de un contrato.
- Cuando las medidas sean adecuadas para defender los derechos y libertades de la persona que sea titular de los datos que se han utilizado, ya que, está permitido por el derecho de la Unión Europea y los Estados Miembros.
- Existe un consentimiento explícito por parte de la persona dueña de los datos.
Los nuevos derechos del RGPD están pensados para mejorar la capacidad de decisión y control sobre los datos personales. Ponte en contacto con nosotros, ya que, podremos ayudarte a adaptarte al nuevo reglamento.