Lo que debes saber tras las novedades de IVA si vendes por Internet
El 1 de julio de 2021 entraron en vigor las novedades de la Ley del IVA, que afectan especialmente a los e-commerce, o lo que es lo mismo, a aquellos que comercializan productos o servicios a través de internet.
La novedad estrella que se nos presenta es la creación de una ventanilla única. Hasta la fecha se seguía un criterio de territorialidad, debiendo liquidar el impuesto en el lugar donde el vendedor tuviera su residencia fiscal (criterio que ha venido beneficiando a muchas empresas que establecían su domicilio en países donde había una fiscalidad más ventajosa). Sin embargo, a partir de ahora se establece un umbral de 10 000 euros, por encima del cual el IVA deberá abonarse en el Estado miembro en el que se entreguen los bienes, si bien esta liquidación se podrá hacer a través de una ventanilla única (One Stop Shop), o bien registrándose en aquellos países donde se deba liquidar el impuesto. Gracias a esta ventanilla única, el sujeto obligado no tiene que preocuparse en exceso de estar cumpliendo sus obligaciones fiscales en los países donde debe presentar liquidación.
De este modo, aquellas personas que comercialicen productos o servicios por internet a nivel europeo, deberán, en primer lugar, proporcionar la información relativa al IVA del país donde tengan su residencia. Ahora bien, cuando su facturación en un país de la Unión Europea, supere los 10 000 euros, para los destinatarios de este país, deberá aparecer la información del IVA correspondiente a este país.
¿Cómo me afecta si mi domicilio fiscal se encuentra fuera de la Unión Europea?
Siempre y cuando comercialices más 10 000 euros en un país europeo, deberás liquidar el IVA correspondiente.
¿Cómo me afecta si mi domicilio fiscal está en España pero no comercializo en otro país?
Siempre que no se facturen más de 10 000 euros en un mismo país europeo, no será necesario liquidar ni informar del IVA correspondiente (pero sí del IVA español).
¿Y si donde vendo es fuera de la Unión Europea?
En ese caso aplicarán los convenios internacionales firmados con dicho país.
Soy consumidor, ¿cómo me afecta?
A los consumidores este nuevo sistema les proporciona una mayor transparencia e información respecto al precio de sus productos. Además, evitará que los productos comprados se paren en aduanas (con el consecuente retraso), y los gastos adicionales que se venían desembolsando hasta ahora.
Esta condición de sujetos obligados, deriva en que estos operadores deban cumplir con las medidas de prevención del fraude, registrarse en el Banco de España, y conservar los datos de sus clientes. No obstante, no debemos olvidar, que una de las principales características esenciales del blockchain (sistema de registro distribuido que sirve de una suerte de libro mayor de las transacciones en criptomonedas, entre otras funciones) es la anonimización mediante hashes de, los intervinientes. Por lo que parece complicado cumplir con las obligaciones que impone la Quinta Directiva, sin desvirtuar la naturaleza de la plataforma en si misma.