Recientemente, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso una sanción de 3.000 euros a un establecimiento de alquiler turístico por colocar cámaras de videovigilancia dentro del apartamento. La decisión se tomó tras recibir una denuncia de un huésped que detectó la presencia de dos dispositivos en el interior de la vivienda: uno en el salón-cocina y otro en la entrada del dormitorio principal. Los huéspedes no habían sido informados sobre la existencia de las cámaras ni sobre la posibilidad de que se grabaran imágenes durante su estancia, lo que vulnera claramente la normativa de protección de datos y la intimidad personal.
¿Por qué representa un problema legal?
La legislación española y europea protege de manera estricta el derecho a la privacidad, especialmente en espacios donde se espera intimidad. En el caso de los alojamientos turísticos, esto significa que no se pueden instalar cámaras en zonas privadas como dormitorios, baños, salones o cocinas, incluso si el objetivo es aumentar la seguridad del inmueble. La normativa vigente, que incluye el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), establece que cualquier sistema de videovigilancia debe respetar el principio de proporcionalidad y transparencia, y los huéspedes deben ser informados sobre la existencia de cámaras y la finalidad de su uso.
Incluso si las cámaras no estuvieran activas o fueran decorativas, la AEPD ha indicado que la sola percepción de vigilancia puede considerarse una vulneración de la intimidad de las personas, pues los huéspedes podrían sentirse observados sin su consentimiento. Esto demuestra la importancia de diferenciar entre zonas privadas y comunes, y de cumplir estrictamente con las obligaciones legales en cada caso.
Normativa sobre videovigilancia en alojamientos turísticos
Existen reglas claras sobre dónde y cómo se pueden instalar cámaras:
Las cámaras pueden colocarse en zonas exteriores o áreas comunes de un inmueble, como entradas, pasillos o accesos al edificio, siempre que los huéspedes sean informados de manera clara y visible sobre su existencia.
En ningún caso se permiten cámaras en zonas donde se desarrollen actividades privadas de los huéspedes, como dormitorios, baños, cocinas o salones.
La instalación debe cumplir con los principios de finalidad, proporcionalidad y transparencia, informando sobre el tratamiento de los datos y evitando cualquier intrusión innecesaria.
La AEPD ha reiterado que incluso dispositivos que no graban o que parecen inofensivos pueden constituir una vulneración si afectan la percepción de privacidad.
Consecuencias para los propietarios
Más allá de la sanción económica, infringir la normativa de protección de datos puede afectar gravemente la reputación del establecimiento y generar desconfianza entre los huéspedes. En casos más graves, como la grabación no autorizada o el uso indebido de imágenes, las multas pueden superar con creces los 3.000 euros. Por eso, los propietarios de alojamientos turísticos deben ser especialmente cuidadosos al instalar cualquier tipo de sistema de videovigilancia y asegurarse de que cumple con todos los requisitos legales.
Recomendaciones para cumplir con la ley
Para garantizar que la instalación de cámaras sea legal y respetuosa con los derechos de los huéspedes, los gestores de alojamientos turísticos deben:
- Evitar completamente la colocación de cámaras en zonas privadas del inmueble.
- Limitar la videovigilancia a áreas exteriores o comunes y asegurar que estén señalizadas e informadas correctamente.
- Cumplir estrictamente con los principios de finalidad, proporcionalidad y transparencia del RGPD, incluyendo la correcta gestión y almacenamiento de las imágenes.
- Revisar periódicamente la normativa y las recomendaciones de la AEPD para garantizar que cualquier medida de seguridad no viole la intimidad de los huéspedes.
Cumplir estas normas genera un ambiente de confianza y seguridad para los visitantes, lo que puede mejorar la reputación del alojamiento y fomentar la fidelización de los clientes. La protección de la privacidad es un valor añadido para cualquier establecimiento turístico que quiera ofrecer una experiencia segura y respetuosa para sus huéspedes.










