El artículo 22 de esta ley aborda el tratamiento de imágenes mediante sistemas de videovigilancia con el fin de garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones. Sin embargo, como analizaremos más adelante, esta afirmación requiere ciertas matizaciones.
Adaptación a la Ley de Protección de Datos sobre cámaras de videovigilancia
La normativa establece una serie de obligaciones para quienes deseen instalar cámaras de seguridad:
- Registro de Actividades de Tratamiento: Debes mantener un registro de las imágenes grabadas y su tratamiento, respetando el plazo de almacenamiento.
- Principio de Proporcionalidad: Aunque no se requiere consentimiento explícito, el uso de cámaras debe ser proporcional y justificado.
- Información a los Interesados: Es obligatorio informar a las personas sobre la presencia de cámaras de vigilancia mediante carteles informativos.
- Limitación de Ubicación: Las cámaras solo pueden ubicarse en lugares permitidos por la ley y no pueden violar los derechos de privacidad de los individuos.
- Si se utilizan cámaras orientables y/o con zoom será necesaria la instalación de máscaras de privacidad para evitar captar imágenes de la vía pública, terrenos, viviendas o cualquier otro espacio ajeno.
- No se registrarán conversaciones privadas.
- El sistema de grabación se ubicará en un lugar vigilado o de acceso restringido.
- A las imágenes grabadas accederá sólo el personal autorizado. Podrán acceder a ellas en caso de petición de imágenes por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la cual se realizara en se realizará en el marco de actuaciones judiciales o policiales
- Si el acceso se realiza con conexión a Internet se restringirá con un código de usuario y una contraseña (o cualquier otro medio que garantice la identificación y autenticación unívoca), que sólo serán conocidos por las personas autorizadas a acceder a dichas imágenes.
- Las imágenes serán conservadas durante un plazo máximo de un mes desde su captación.
¿Dónde Puedes Instalar Cámaras de Videovigilancia y Dónde No?
La ubicación de las cámaras de videovigilancia debe cumplir con ciertos criterios:
- Áreas Privadas: Se pueden instalar cámaras para proteger personas, bienes e instalaciones.
- Zonas de Trabajo: Se permite la instalación, siempre que se respete la proporcionalidad y se informe a los trabajadores.
- Vía Pública: La grabación está prohibida, excepto por las fuerzas de seguridad o en casos específicos para garantizar la seguridad.
- Baños o Vestuarios: Está totalmente prohibido grabar en estas áreas por respeto a la privacidad.
- Zonas Comunes o de Descanso: También está prohibido grabar en estas áreas para preservar la intimidad de los trabajadores.
En resumen, para instalar cámaras de videovigilancia en tu empresa, es crucial conocer y cumplir con la normativa vigente. Esto garantiza el respeto a los derechos de privacidad de las personas y evita posibles sanciones legales. La seguridad de tu empresa y el cumplimiento de la ley van de la mano.