¿Conoces las principales diferencias entre LOPD, RGPD y LOPDGDD?

En el ámbito de la protección de datos personales, es común encontrar las siglas LOPD, RGPD y LOPDGDD. Aunque estas normativas están relacionadas, no son lo mismo. Es crucial entender las diferencias entre ellas para cumplir adecuadamente con las leyes de protección de datos. En este artículo, vamos a desglosar los aspectos más importantes de estas normativas, incluyendo sus principales diferencias y su aplicación en la práctica.

¿Qué es la RGPD, LOPD y LOPDGDD?

  • LOPD: La Ley Orgánica de Protección de Datos fue aprobada en España en 1999, y tenía como objetivo regular el tratamiento de datos personales en territorio español.
  • RGPD: El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es una normativa europea que entró en vigor en 2016 y establece un marco común de protección de datos para todos los países miembros de la Unión Europea.
  • LOPDGDD: La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), que entró en vigor en 2018, adapta la legislación española al RGPD y regula aspectos relacionados con los derechos digitales de los ciudadanos.

Principales diferencias entre la LOPD y el RGPD

Aunque ambas normativas buscan garantizar la protección de los datos personales, existen varias diferencias clave:

Una de las principales diferencias entre la LOPD y el RGPD es el consentimiento de los usuarios.

  • LOPD: Permitía un consentimiento tácito, lo que significaba que los usuarios podían dar su consentimiento simplemente al continuar con una acción, como navegar por una web o rellenar un formulario.
  • RGPD: Exige un consentimiento expreso e inequívoco. Esto implica que los usuarios deben realizar una acción clara, como marcar una casilla o firmar un documento, para demostrar que han aceptado el tratamiento de sus datos.

Este cambio asegura una mayor transparencia y control por parte de los usuarios sobre sus datos personales.

  • LOPD: Solo se aplicaba a las entidades que operaban dentro de España.
  • RGPD: Su aplicación es más amplia, abarcando a todas las empresas de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (EEE). Además, el RGPD también afecta a aquellas organizaciones fuera de Europa que traten datos de ciudadanos europeos, lo que significa que su ámbito es global.

La Figura del Delegado de Protección de Datos (DPO)

Una de las innovaciones del RGPD es la creación de la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO). Este profesional es responsable de supervisar el cumplimiento de las normativas de protección de datos dentro de las organizaciones.

  • LOPD: No contemplaba la figura del DPO, y su implementación no era obligatoria.
  • RGPD: Establece que la designación de un DPO es obligatoria en ciertos casos, como cuando el tratamiento de datos es realizado por una autoridad pública o cuando las actividades principales de la organización impliquen operaciones de tratamiento que requieran una supervisión regular y sistemática de datos personales.

La LOPD establecía los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), mientras que el RGPD amplió y mejoró estos derechos, añadiendo nuevas posibilidades para los titulares de los datos:

Olvido: Permite que los usuarios soliciten que sus datos personales sean eliminados de los motores de búsqueda de internet.
Portabilidad: Permite a los usuarios solicitar que sus datos sean transferidos a otro responsable de tratamiento.
Limitación: Da a los usuarios la opción de restringir el tratamiento de sus datos en ciertas circunstancias.

Multas y sanciones

Cabe destacar que el RGPD establece sanciones mucho más severas que la LOPD.

LOPD: Las infracciones podían ser multadas con sanciones de hasta 601.012 euros.
RGPD: Las sanciones por infracciones graves pueden llegar a ser de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual de la organización, lo que supone un aumento considerable en la severidad de las sanciones.

LOPD y LOPDGDD ¿En qué se diferencian?

Aunque muchas veces se utiliza indistintamente, LOPD y LOPDGDD no son la misma ley.

LOPD: Actualmente está derogada, ya que fue reemplazada por la LOPDGDD, que adapta la legislación española a la normativa europea del RGPD. LOPDGDD: Esta ley, que entró en vigor en 2018, mantiene muchas de las disposiciones de la LOPD, pero también incorpora nuevos derechos relacionados con los derechos digitales y se alinea completamente con las normativas europeas.

El cumplimiento de las normativas de protección de datos es esencial para cualquier organización que maneje datos personales. Tanto la LOPD, como el RGPD y la LOPDGDD proporcionan un marco para garantizar la privacidad de los usuarios y evitar sanciones.

Si tu empresa aún no está adaptada al RGPD, es importante tomar las medidas necesarias para cumplir con las regulaciones y proteger la información de tus usuarios de acuerdo con los estándares más rigurosos. En Forlopd somos expertos en protección de datos y asesoramiento para el correcto cumplimiento normativo, Por lo que puedes contactarnos con tal de resolver cualquier duda relacionada.