Cumplimiento legal y protección integral en el entorno laboral
En FORLOPD elaboramos e implantamos el Protocolo de Prevención y Actuación frente al Acoso cumpliendo con lo establecido en la ley de protocolo de acoso laboral y en todas las normativas relacionadas en materia de igualdad y prevención de riesgos psicosociales.
Este protocolo es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño. Su objetivo es prevenir, detectar y actuar ante cualquier forma de acoso laboral, sexual o por razón de sexo, identidad, expresión u orientación sexual, creando un entorno de trabajo seguro, inclusivo y libre de violencia.
Marco normativo
El protocolo garantiza el cumplimiento de:
Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.
Ley 4/2023 de igualdad para personas trans y derechos LGTBI.
Real Decreto 1026/2024 sobre igualdad y no discriminación de personas LGTBI en el ámbito laboral.
Estatuto de los Trabajadores (derecho a la no discriminación y a la dignidad en el trabajo).
Beneficios de implantar el protocolo
Qué incluye nuestro servicio de prevención del acoso

Integración con otros planes
Este servicio puede contratarse de forma independiente o integrarse dentro del Plan de Igualdad o del Plan LGTBI, asegurando coherencia y cumplimiento en todas las políticas de igualdad y prevención.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PREVENCIÓN DEL ACOSO
La ley de prevención del acoso, es el conjunto de normativas (principalmente la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres y el Estatuto de los Trabajadores) que obligan a las empresas a prevenir, detectar y actuar frente a situaciones de acoso en el entorno laboral. Su objetivo es garantizar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso.
Cumplir con la ley de Prevención del Acoso es fundamental no solo para evitar posibles sanciones legales y económicas, sino también para proteger la salud y el bienestar de tus empleados y empleadas, mantener un buen clima laboral, y salvaguardar la reputación de tu empresa.
Un Protocolo de Acoso Laboral es un documento interno de la empresa que establece las pautas y procedimientos claros para la prevención, detección, gestión y resolución de situaciones de acoso en el trabajo. Incluye medidas preventivas, canales de denuncia, procedimientos de investigación y acciones correctivas.
Sí, la implementación de un protocolo de prevención y actuación frente al acoso (especialmente acoso sexual y por razón de sexo) es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño, según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Para empresas de 50 o más personas trabajadoras, este protocolo forma parte del Plan de Igualdad.
Un protocolo de acoso bien diseñado debe cubrir diversas formas de acoso, incluyendo:
- Acoso sexual: Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona.
- Acoso por razón de sexo: Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o efecto de atentar contra su dignidad.
- Acoso moral (Mobbing): Conductas persistentes y sistemáticas de hostigamiento psicológico en el trabajo.
- Acoso discriminatorio: Por origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.
El incumplimiento de la normativa sobre prevención del acoso puede dar lugar a sanciones significativas por parte de la Inspección de Trabajo, que pueden variar desde multas económicas elevadas hasta la paralización de la actividad. Además, expone a la empresa a demandas por parte de las personas afectadas y a un grave daño a su imagen y reputación.
Generalmente, un protocolo de acoso establece un procedimiento que incluye:
- Recepción de la denuncia (confidencial y segura).
- Designación de una comisión o persona instructora.
- Fase de investigación (recopilación de pruebas, entrevistas).
- Emisión de un informe con conclusiones y recomendaciones.
- Adopción de medidas correctoras o disciplinarias.
- Seguimiento para asegurar el cese del acoso y la protección del afectado
En FORLOPD, te ofrecemos un servicio integral para la elaboración e implementación de tu Protocolo de Acoso Laboral. Te asesoramos legalmente, elaboramos la documentación necesaria, formamos a tu personal y a la comisión de investigación, y te acompañamos en todo el proceso para asegurar el cumplimiento normativo y un ambiente de trabajo seguro y respetuoso.
Solicita un análisis de cumplimiento y garantiza que tu empresa cumple con la ley de protocolo de acoso laboral, protegiendo a tu equipo y fortaleciendo tu compromiso con un entorno libre de violencia y discriminación.
