¿Quién responde sobre el contenido ilícito publicado en redes sociales?
2009 Facebook gana popularidad a nivel mundial
En 2009 cuando Facebook ganó popularidad a nivel mundial, en líneas generales solo se veían ventajas: poder contactar con antiguos compañeros de colegio, tener contacto con nuestros amigos y familiares de una forma sencilla y rápida, incluso poder compartir todos los aspectos de nuestra vida privada nos parecía una ventaja. Tras Facebook, vinieron otros, cada uno con sus particularidades. Desde 2009, ha dado tiempo a que cambiemos nuestra percepción de las redes sociales. Paradójicamente, cuando las redes sociales son más populares, es cuando estamos más concienciados con la protección de datos.
No obstante, como bien ya sabemos todos, y hemos comprobado en numerosas ocasiones, las redes sociales son “un arma de doble filo”. A la vez que se utilizaban las redes como herramienta para socializar, se vienen utilizando para otros temas ilícitos o inmorales. En las redes sociales se han publicado desde contenido que infringía derechos de propiedad intelectual, imágenes con contenido especialmente sensible, hasta incluso, imágenes de índole terrorista.
Un reto a nivel jurídico
Este cambio ha supuesto un reto a nivel jurídico, puesto que hasta el momento no existían plataformas similares. Dicho esto, a las redes sociales les aplica la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, y es aquí donde se establece el régimen de responsabilidad. Así, las redes sociales y motores de búsqueda, en cuanto actúan como intermediarios, establece la LSSI que no serán responsables del contenido que alojan, transmitan o clasifiquen. Ahora bien, sí que tienen el deber de actuar con diligencia para que, llegado el caso, retirar el contenido de la red.
Es por ello que es especialmente importante a la hora de detectar el contenido ilícito, la colaboración de los usuarios, así como la rápida actuación de la red social.