¿La vigilancia de la población implica vulnerar los derechos individuales de la Protección de Datos?

Desde el caso de Edward Snowden de la Agencia de Seguridad Nacional de Estados Unidos a través del cual se reveló un sistema de vigilancia masiva que recolectaba información de millones de ciudadanos, se puso en duda el equilibrio entre la seguridad de la población general frente al derecho de la privacidad individual.

El objeto del sistema de videovigilancia era bastante claro, prevenir futuros atentados terroristas, aunque en la época actual, existen regulaciones con tal de evitar que estas iniciativas vulneren los derechos de la privacidad de los individuos.

La vigilancia masiva interviene en la interceptación de comunicaciones, monitoreo de redes sociales, uso de cámaras de reconocimiento facial o la extracción de datos geolocalizados o biométricos.

El uso generalizado de estos sistemas de control supone vulnerar los principios por los que se rige los gobiernos democráticos modernos haciendo referencia al Español. el derecho a la privacidad viene recogido en el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos «Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia.»

Control de datos personales mediante el RGPD

El Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD) mantiene el control sobre los datos personales estableciendo un límite sobre su tratamiento y otorgando a los ciudadanos derechos concretos.

Existen sistemas alternativos en todo el mundo que ejemplifican esta desajuste de derechos de privacidad individual frente a la vigilancia colectiva, como por ejemplo el sistema de crédito social en China, donde se combina la videovigilancia con reconocimiento facial con sistemas de puntuación ciudadana. Reino unido, donde Londres es una de las ciudades más vigiladas del mundo o la expansión de la videovigilancia en Latinoamérica.

Estos sistemas de vigilancia pueden suponer discriminaciones algorítmicas, pérdida de confianza pública, autocensura o represión.

Establecer un equilibrio entre seguridad y privacidad de la información requiere establecer límites claros a la vigilancia gubernamental, así como establecer mecanismos de supervisión independiente. Por otro lado, cabe destacar la importancia del diseño de tecnologías con el objeto de mantener la privacidad, asegurando el cifrado, anonimización, y la descentralización.

La protección de los datos personales no es solo una cuestión técnica o administrativa: es una pieza central en la defensa de las libertades individuales. En este sentido, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea representa un hito histórico. No solo reconoce el derecho a la protección de datos como un derecho fundamental, sino que también establece principios como la minimización de datos, el consentimiento informado y la transparencia como pilares legales y éticos. Su enfoque parte de una convicción clara: proteger los datos personales es proteger la libertad individual.

En Forlopd mantenemos nuestro compromiso con la seguridad de la información, ayudando a empresas de diferentes sectores a adaptar sus procesos internos a las normativas vigentes. Puedes solicitarnos más información a través de nuestro formulario de contacto.